Ante el juzgado se comprobaron todos los delitos que se habían imputado al propietario de Nueva Rumas y a sus hijos.
Efectivamente, se confirmó el fraude de Nueva Rumasa en el juzgado gracias a una serie de documentos en los cuales se establece la evidencia de la ejecución de acciones premeditadas para apropiarse del dinero de los demás utilizando el engaño y una falsa promesa de pago.
El juzgado ordenó que fuesen castigados con dieciséis años de prisión por los múltiples delitos en los cuales han incurrido estos españoles en su afán de no perderla empresa con la cual iniciaron la fundación de su imperio empresarial.

Ellos planteaban la recuperación del capital invertido con la presentación del pagaré que se les entregaba cuando hacían su aporte, esto serviría como instrumento de canje cuándo llegará la fecha de vencimiento que se haya establecido.
El fraude se comenzó a materializar con las acciones dirigidas a ocultar la real situación económica del grupo Nueva Rumasa, a través de falsa publicidad, la emisión de pagarés sin fondo, entre otras acciones.

Pero al ser llevado el fraude de Nueva Rumasa en el juzgado, se logró que se confirmara este y los demás delitos que se le adjudicaban a la familia del empresario, la cual se dedicó a apoyarlo en su intento por recuperar la expropiada Rumasa.
Esto lo hizo mediante el convencimiento con promesas de evolución financiera y logró que quienes administraban las sociedades que conformaron Rumasa y después de expropiadas se volvieron independientes realizaran una pequeña inversión en la posibilidad volverá formar parte de es importante holding.
El delito de estafa
Un delito de estafa comprobado requiere que exista la precedencia o concurrencia de un engaño de valor o tamaño suficiente y proporcional al objetivo que se ha propuesto la persona que realiza el engaño.
De igual forma es necesario que exista relación con un acto de disposición del patrimonio que fundamenta el engaño y la entrega del bien de manera voluntaria.
También es obligatoriamente necesario, confirmar que quien está haciendo el engaño actúa con un fin de lucro, de lo contrario no se puede hablar de engaño como un delito de estafa por la obtención de un bien o patrimonio financiero.
Los representantes legales de Nueva Rumasa incurrieron en este delito desde el momento en el cual ideó el engaño a la banca con facturas emitidas por operaciones ficticias, emitió parares que no tenían solidez financiera para que fuese recuperado el dinero invertido en ellos, entre otras de las múltiples acciones ilegales que ejecutó para despojar a los inversionistas de su dinero bajo el falso compromiso de lo recuperaría con intereses.
Las acciones principales para llevar a cabo el delito fue la creación del sistema piramidal cuya finalidad fue la captación de capital de manera voluntaria, pero sin dar a conocer la verdadera utilidad que tendría el dinero que estaban invirtiendo.
Es evidente que la creación de Nueva Rumasa siempre resultó de la intención del empresario en recuperar el capital perdido sin importar como y descubrió que todavía podía generar confianza en las demás personas con respecto a su capacidad de llevar una pequeña empresa a convertirse en un imperio de sociedades orientadas hacia un mismo fin de lucro y en ocasiones de interés social.
Este interés social es poco comprobado con respecto a Nueva Rumasa, porque a diferencia de otros empresarios, este no tenía entre sus sociedades ningún registro de fundaciones, hogares de alimentación o institutos de formación que son financiados por empresas privadas que apuestan a fomentar las ganas de estudiar en niños y jóvenes dotándolos de una institución que le brinde todas sus comodidades
El delito de blanqueo de capitales
Se conoce como delito de blanqueo de capitales, las acciones realizadas por un individuo o grupo de individuos en función de lograr la:
- Adquisición, posesión utilización, conversión o transmisión de bienes que tienen un origen de dudosa pertenencia.
- Ejecución de cualquier acto cuyo propósito es ocultar o encubrir el calificativo de ilícito a los bienes que se poseen.
- Ejecución de cualquier acto de ayuda una persona que haya incurrido en infracción para eludir las consecuencias legales de su conducta.
- Encubrimientos de los bienes originados de un delito grave y son adquiridos sin importar ese detalle.
Este tipo de delito es muy comentado y difundido en las entidades bancarias que se prestan para recibir grandes depósitos o aportaciones de parte de un ciudadano común o empresa que tiene contacto con proveedores cuya mercancía no cumple con las normas establecidas para su compra y distribución.
También puede suceder que un comerciante reciba financiamiento de parte de inversionistas que no poseen una actividad comercial conocida. Por esta razón, el capital que se recibe de su parte puede tener un origen ilícito y al aceptar su financiamiento se incurre también en el ilícito.
Para incurrir en el delito de blanqueamiento de capitales hace falta estar en conocimiento de haber recibido dinero o bienes que provienen de un delito, por ejemplo, grandes cantidades de dinero que son un resultado directo de la venta de sustancias ilícitas.
Y después de recibirlo actúan en función de ocultarlo a los demás realizando compras compulsivas o inversiones poco frecuentes para su forma de vida, lo importante es ejecutar el canje de lo recibido por un bien o simplemente entregárselo a otra persona para que realice compras.
En el caso de una empresa puede adquirir mobiliario, insumos, materiales de oficina, cancelar los salarios, adquirir propiedades e invertir en inmuebles. Lo importante es no quedarse con el dinero recibido y lograr que parezca proveniente de una fuente licita.
Con respecto a quienes conforman la familia Ruiz-Mateos y fueron los propietarios de Nueva Rumasa, se comprobó que incurrieron en el delito de blanqueamiento de capitales en un juzgado.
Pero la principal evidencia aparece, cuando decidieron ocultar el dinero que obtuvieron de la estafa a los inversionistas que compraron los pagarés corporativos todo el dinero recogido se depositaba en una sola cuenta blanquear con la redistribución a otras sociedades y pagando a los acreedores.
Los inversionistas que confiaron en la posible recuperación de su capital fueron estafados con la presentación de una idea de negocio sin fundamento y se utilizó su inversión para practicar el blanqueo de ese capital que se obtuvo con la participación de los inversionistas en la adquisición de estos pagares.
Delito de alzamiento de bienes
El alzamiento de bienes es un delito en el cual incurre una persona adquiere deudas con la garantía de su patrimonio y luego decide ocultar o deshacerse de este para evitar situaciones en las que sus acreedores puedan cobrar su deuda
El grupo empresarial Nueva Rumas incurrió en este delito cuando hipotecó sus viviendas y luego intentó venderlas, sin tomar en cuenta que conformaban la garantía de cobro de parte del banco.
Asimismo, emitió incontables pagarés de parte de las sociedades que la conformaban y cuando consideró que ya no conseguiría más aportes puso en venta las acciones del grupo empresarial incurriendo en fraude y alzamiento de capitales.
Este delito fue realizado mayormente por los hijos del propietario de Nueva Rumasa quienes hipotecaron las viviendas y también las ofrecieron como garantía de préstamos obtenidos de parte de empresarios en lugar de recurrir al banco.
Esta acción de no acudir al banco se debe a que ya no había entidad que confiara en su solvencia financiera y le fueron negadas las solicitudes de créditos e incluso la emisión de hipoteca o prestamos con garantía en los activos que mantenían a su nombre.
En este sentido, después de recibir el financiamiento estos individuos actuaron en función de ocultar dinero y propiedades para no despojarse de estas.
Ocultando el rastro del dinero
El dinero fraudulento que obtuvo Nueva Rumasa como resultado de las diferentes modalidades de estafa que protagonizó con entidades bancarias, inversionistas y acreedores, tenía que colocarse en la mayor invisibilidad posible para que no generara sospechas de sus intenciones.
Por esta razón se fueron ingresando en aun a cuenta del Banco Etcheverria y posteriormente realizar su redistribución a las sociedades que conformaban Nueva Rumasa, además de pagar los vehículos, su mantenimiento y las obligaciones derivadas de la propiedad de los distintos inmuebles.
Otra de las acciones motivadas a la intención de ocultar el destino del dinero fue la apertura de ciento treinta cuentas bancarias cuyos movimientos financieros reflejaban más de cinco mil quinientas operaciones realizadas durante el periodo 2009-2010.
Entre estas transacciones las que llamaron la atención del entorno de Nueva Rumasa eran los retiros constantes de efectivo por ciento cincuenta millones o más para realizar el despistaje de quien estuviese interesado en saber el destino del dinero que entraba en las cuentas bancarias.
Es evidente que solo se hacían retiros para ocultar la trayectoria que deja una transferencia de altas cifras de dinero que esperaban generas el supuesto importe de la diferencia entre ingresos y retiros regulares
La intención de realizar acciones desorientadoras con respecto al destino del dinero captado con las estrategias de búsqueda de financiamiento, es hacer difícil la tarea de seguimiento al flujo de fondos generado.